Qué es el Servicio Vasco de Arbitraje Cooperativo

 
El Servicio Vaco de Resolución Extrajudicial de Conflictos en Cooperativas –SVAC- es la entidad encargada de la administración de los diferentes procedimientos de resolución de conflictos en las cooperativas vascas. Conoce las cuestiones litigiosas que se susciten entre las cooperativas, entre éstas –o sus diferentes órganos sociales- y sus socios, o en el seno de las mismas entre sus diferentes órganos sociales o entre los socios.

Así mismo, fomenta las medidas para la prevención de los conflictos en las cooperativas vascas y atiende a las necesidades de formación en la resolución de los mismos que puedan desprenderse del propio sector cooperativo.

Carece de personalidad jurídica propia y depende jerárquicamente del Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi, prestando un servicio público a las sociedades cooperativas y a sus socios.

La administración de los procedimientos de resolución de conflictos es gratuita hasta el importe que acuerde anualmente el Pleno del Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi.

Son tres los procedimientos de resolución de conflictos en BITARTU: el arbitraje, la conciliación y la mediación.

El arbitraje: Mediante el arbitraje, las partes se someten a un procedimiento reglado y confían a SVAC la designación de un árbitro que adoptará una decisión vinculante para ambas aplicando el derecho o la equidad, poniendo fin de esa forma a la controversia.

En este mismo sentido, se le recuerda también que para que su Cooperativa pueda beneficiarse de las ventajas del arbitraje de SVAC, para que pueda utilizarse de forma preceptiva, es necesario que o bien los Estatutos Sociales o bien el Reglamento de Régimen Interno de la cooperativa recojan la cláusula de sometimiento a arbitraje cooperativo del Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi, por lo que, si no la tienen ya, le invitamos a que la incorporen.

A tales efectos, se propone la siguiente cláusula compromisaria:

 “Las cuestiones litigiosas que se susciten entre la cooperativa y los socios, o entre socios en el marco de la actividad cooperativizada, incluso en periodo de liquidación, y que versen sobre materias de libre disposición inter partes conforme a derecho, se someterán preceptivamente, una vez agotadas las vías internas de la Cooperativa, al arbitraje de SVAC Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi, comprometiéndose las partes de forma expresa al acatamiento del laudo que resultase de dicho arbitraje.”

La conciliación: La conciliación es un mecanismo no adversarial para la resolución de la controversia mediante el cual se persigue llegar a un acuerdo en una comparecencia ante SVAC, quien podrá incluso proponer el propio acuerdo.

La mediación: La mediación es un sistema de negociación asistida, mediante el cual las partes involucradas en un conflicto intentan resolver por sí mismos con la ayuda de SVAC que actúa como favorecedor y conducto de la comunicación.